RIESGOS LABORALES

Tercera entrega



Definición legal de accidente de trabajo


Por fin, y de una vez por todas, existe una ley que de forma clara y precisa define qué es un accidente de trabajo. Se trata de la ley 1562 de 2012 que en su artículo 3 define el accidente de trabajo de la siguiente forma:

“Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. 

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. 

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. 

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. 

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión”.

Queda más que claro cuándo se configura un accidente de trabajo, tema relevante para determinar por ejemplo quién debe pagar la respectiva incapacidad, sin la EPS o la ARP.


Pensión de invalidez se concede a quienes pierden su capacidad laboral en un 50% o más 

Ministerio de Trabajo hizo claridad frente al tema. 

"La pensión de invalidez es reconocida por dos vías, en el Sistema General de Pensiones, cuando es de origen común o por el Sistema de Riesgos Laborales cuando es de tipo profesional".

La claridad la hizo, este viernes, la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo, al publicar el concepto 168796 que da respuesta al radicado No. 123678, del 30 de septiembre del presente año.

En un comunicado, el Ministerio de Trabajo sostiene que resulta conveniente hacer referencia artículo 38 de la Ley 100 de 1993 que califica de inválida a la persona "que por cualquier causa de origen no profesional, no provocada intencionalmente, hubiere perdido el 50 % o más de su capacidad laboral'.

En el evento que la pérdida de la capacidad laboral sea del 50 % o más, da lugar al reconocimiento de las prestaciones por invalidez causada por enfermedad común, la Administradora de Pensiones en la cual se encuentra afiliado el trabajador debe verificar que se cumplan requisitos como haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de declaración del estado de invalidez.

Señala el Ministerio, que "si la invalidez es causada por accidente, el afiliado tiene que haber cotizado cincuenta semanas dentro de los últimos tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma".

De presentarse este caso en menores de veinte años de edad, solo deberán acreditar cotización por veintiséis semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de la invalidez o su declaratoria.

"Cuando el afiliado haya cotizado por lo menos el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, requerirá cotización por veinticinco semanas como mínimo en los últimos tres años", señala Mintrabajo.

Accidente de trabajo o enfermedad laboral


De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, las prestaciones asistenciales y económicas derivadas de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen laboral, según el artículo 1° de la Ley 776 de 2002, serán reconocidas y pagadas por la Administradora de Riesgos Laborales - ARL en la cual se encuentre afiliado el trabajador en el momento de ocurrir el accidente o, en el caso de la enfermedad laboral, al momento de requerir la prestación.

"Se encuentra obligada la ARL a asistir a la persona en la parte médica, quirúrgica, servicios de hospitalización, medicamentos, prótesis, rehabilitación física y profesional, gastos de traslado necesarios para la asistencia de los servicios y las prestaciones económicas, como el subsidio por incapacidad temporal, la indemnización por incapacidad permanente parcial, la pensión de invalidez, la pensión de sobrevivientes y el auxilio funerario", dice la comunicación.

Para el caso de la incapacidad permanente parcial, el artículo 5° de la misma Ley aclara que cuando el afiliado, como consecuencia de un accidente o una enfermedad de origen laboral, presenta una disminución definitiva, igual o superior al cinco por ciento, pero inferior al cincuenta por ciento de su capacidad laboral, para lo cual ha sido contratado o capacitado, la Administradora de Riesgos Laborales - A.R.L. reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido, en una suma no inferior a dos salarios base de liquidación, ni superior a veinticuatro veces su salario base de liquidación.





Bibliografía:

Definición legal de accidente de trabajo. Gerencie.com. Recuperado de: https://www.gerencie.com/definicion-legal-de-accidente-de-trabajo.html

Pensión de invalidez se concede a quienes pierden su capacidad laboral en un 50% o más. El heraldo. Recuperado de:  Pension de invalidez